RESUMEN
GENERAL NICARAGUA
OBJETIVOS
Objetivo
General
- Establecer una Zona
de Libre Comercio.
Objetivos
Específicos
-
Estimular
la expansión y diversificación comercial.
-
Eliminar
las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios.
-
Promover
condiciones de competencia leal en el comercio.
-
Aumentar
sustancialmente las oportunidades de inversión.
-
Proteger
y hacer valer, adecuada y efectivamente, los derechos de propiedad intelectual.
-
Establecer
lineamientos para la ulterior cooperación a nivel bilateral, regional
y multilateral, ampliando y mejorando los beneficios del tratado.
-
Crear
procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado,
su administración conjunta y solución de controversias.
COMERCIO
DE BIENES
Acceso
a Mercados
-
Eliminación
inmediata de aranceles a 45% de las exportaciones; a partir del 10 de julio
de 2002 quedarán libres de arancel 33% y ello de julio de 2007, 19%.
-
Trato
no discriminatorio a bienes y servicios.
-
Efectiva
eliminación de medidas no arancelarias.
-
Prohibición
de incrementar el arancel vigente y de adoptar aranceles nuevos sobre bienes
originarios.
Reglas de Origen y Procedimientos Aduaneros
-
Otorgamiento
de preferencias arancelarias a bienes totalmente obtenidos o producidos
en la región, que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria
específico o con un valor de contenido regional mínimo; el
sector automotriz con un valor de contenido regional se calculará
únicamente bajo el método de costos.
-
Prohibición
de incrementar o establecer derecho aduanero por concepto de servicio prestado
en aduana sobre bienes originarios y eliminación de los existentes
ello de julio de 2005.
-
Existencia
de formato único para ambas partes del certificado de origen.
-
Resoluciones
o dictámenes anticipados a la determinación y certificación
de origen de los bienes, a solicitud del exportador, importador o productor.
Sector
Industrial y Normas Técnicas
-
Confirmación
de derechos y obligaciones adquiridas en el acuerdo sobre obstáculos
técnicos al comercio de la OMC, sobre medidas relativas a la normalización.
-
Prohibición
de medidas de normalización discriminatorias y su utilización
como obstáculo innecesario al comercio; asimismo, uso de normas internacionales
como base para su elaboración, con un objetivo legítimo.
-
Adopción
y aplicación de medidas de normalización sujetas a procedimientos
expeditos de notificación, apoyados por centros de información
y de un comité, que será un foro de consulta para implementar
programas de cooperación técnica y seguimiento a la aplicación
de este apartado.
Sector
Agropecuario y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
- Establecimiento de
topes de 7% sobre el valor FOB a los subsidios de exportación, eliminándose
a más tardar ello de enero de 2007.
- Trato nacional en
materia de normas técnicas y de comercialización. Sujeción
de las medidas de normalización a procedimientos expeditos de notificación,
apoyados por centros de información y de un comité, como foro
de consulta para la implementación de programas de cooperación
técnica.
- Creación de
un comité de vigilancia del cumplimiento de acuerdos sobre medidas
sanitarias y fitosanitarias; creación de grupos técnicos de
trabajo en salud animal, sanidad vegetal e inocuidad de alimentos.
- Promoción de
la cooperación técnica y consolidación del sistema
sanitario y fitosanitario.
COMERCIO
DE SERVICIOS E INVERSIÓN
Servicios
-
Intercambio de todos los servicios, excepto los gubernamentales, aéreos
y financieros.
-
Establecimiento de principios de no discriminación entre proveedores
nacionales y extranjeros; trato no menos favorable al que se conceda a
terceros países y no obligatoriedad de establecimiento.
-
Eliminación gradual de barreras a la prestación de servicios
profesionales, y mecanismos para el reconocimiento de títulos y
certificaciones.
-
Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones
con trato nacional, incluyéndose los servicios de valor agregado
y uso de redes privadas y comunicaciones ínter- empresariales.
-
Simplificación de procedimientos para la entrada temporal de personas
de negocios..
-
Establecimiento de principios que facilitan la entrada temporal de personal
transferido intra compañías, visitantes de negocios, comerciantes
e inversionistas; establecimiento de patrones de empresas para facilitar
la entrada temporal de visitantes de negocios y transferencias intra compañías.
Inversión
-
Otorgamiento de trato nacional y de nación más favorecida
a las instituciones financieras; además se garantiza la libre transferencia
de recursos al exterior.
-
Compromiso de no hacer más restrictivas las legislaciones financieras
respectivas.
ASPECTOS
INSTITUCIONALES
Solución de Controversias
-
Prevención o solución de controversias a través de
tres instancias: una consultiva y dos contenciosas, de estas últimas
una es ante la Comisión Administradora, integrada por los secretarios
del ramo, y la otra ante un Tribunal Arbitral, conformado con expertos
especializados en la materia.
-
Cumplimiento obligatorio de la decisión que emita el Tribunal Arbitral.
-
Solicitud
escrita, a petición de parte, para celebrar consultas por una medida
vigente o proyecto que se considere incompatible con el tratado o cause
anulación o menoscabo de beneficios.
Instituciones
-
Establecimiento de una Comisión Administradora integrada por el
ministro de Economía y Desarrollo, y el secretario de Comercio
y Fomento Industrial de Nicaragua y México, respectivamente.
-
Creación
de un secretariado integrado por secciones nacionales designadas por cada
uno de los países signatarios.
COMPRAS
DE GOBIERNO Y PROPIEDAD INTELECTUAL
Compras
de Gobierno
-
Acceso preferencial e inmediato a proveedores y productos mexicanos.
-
Participación en licitaciones para la adquisición de bienes
y la contratación de servicios y de obra pública no discriminatoria.
-
Incorporación gradual de un mayor número de adquisiciones
gubernamentales; a partir de 2002 se duplicará la cobertura inicial,
incrementándose las exportaciones, mediante la disminución
de los umbrales nicaragüenses.
Propiedad
Intelectual
-
Protección y defensa adecuada y eficaz para los derechos de propiedad
intelectual.
-
Concesión de protección más amplia en legislaciones
internas de los países signatarios.
-
Establecimiento libre de un método adecuado para la aplicación
de las posiciones, en el marco de los propios sistemas y prácticas
jurídicas de los países signatarios.
-
Aplicación de trato nacional y de nación más favorecida.
-
Otorgamiento de un periodo de protección durante 50 años,
como mínimo, respecto a los derechos de autor, de artistas, intérpretes
o ejecutantes y productores de fonogramas, así como un periodo
de 20 años, como mínimo, a organismos de radiodifusión.
EVALUACIÓN
GENERAL E IDENTIFICACIÓN DE PRODUCTOS
Evaluación
General
-
El Tratado de Libre Comercio entre Nicaragua y México entró
en vigor el 1° de julio de 1998, mismo que dejó sin efectos
al acuerdo de alcance parcial suscrito entre México y Nicaragua
en el marco de ALADI, terminando su vigencia el 30 de junio de 1998.
Identificación
de Productos
-
Los principales productos exportados son: medicamentos, vehículos,
leche en polvo, confitería sin cacao, libros y folletos, electrodos
para soldadura, tapones de plástico, vehículos de carga,
conductores eléctricos, ropa casual 100% algodón, ropa para
el hogar, telas para tapicería y decoración, entre otros.
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