Posición de la Red Mexicana de Acción frente al Libre Comercio (RMALC) ante la propuesta de varios legisladores y organizaciones ambientalistas de EEUU de anexar los acuerdos de París sobre cambio climático al T-MEC

POSICIÓN DE LA RED MEXICANA DE ACCIÓN FRENTE AL LIBRE COMERCIO (RMALC) ANTE LA PROPUESTA DE VARIOS LEGISLADORES Y ORGANIZACIONES AMBIENTALISTAS DE EEUU DE ANEXAR LOS ACUERDOS DE PARÍS SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO AL T-MEC.

1. Nos preocupa que los EEUU inercialmente prosigan con su política tradicional de pretender introducir en los acuerdos bilaterales, o regionales, obligaciones o compromisos que las partes no hayan acordado negociado y suscrito. Acción que evidentemente es contraria al derecho internacional.

A la vez, también nos preocuparía que los actuales representantes de México eventualmente continuaran con la conducta de los anteriores representantes de gobiernos, de ceder a las presiones de las potencias, violando el compromiso de ejercer y hacer respetar los principios constitucionales de nuestra soberanía y de política exterior.

En RMALC consideramos que es improcedente y redundante la solicitud ya que en materia de acuerdos multilaterales de Medio Ambiente, la vía para su debido cumplimiento, a pesar del lenguaje legal tan débil, ya está establecida en el artículo 24.8 y quien ha incumplido el 24.8.2 ha sido el gobierno de los EUA, por eso quien debe hacer los esfuerzos para cumplir sus compromisos son los EUA y el mejor marco, el mejor espacio, no es el T-MEC, sino cooperar bajo el principio fundamental y las disposiciones multilaterales, de ESFUERZOS COMUNES Y RESPONSABILIDADES DIFERENCIADAS, y  así como las obligaciones nacionales contraídas en el ámbito del Acuerdo de París.

En el derecho internacional se menciona que incluir en otros tratado, en forma redundante, reiterativa y con fines enunciativos las disposiciones y obligaciones establecidas en otros tratados originales sobre la materia, no ayuda en nada a su cumplimiento, a menos que se asuman obligaciones mayores que coadyuven a su cumplimiento, algo que no sucede en el T-MEC), por eso la mejor vía para alcanzar las metas es la cooperación en el desarrollo y logro de las metas en el tratado de origen, en este caso el Acuerdo de París.

2. Creemos que se ha sobre estimado el contenido del capítulo 24, del T-MEC, el lenguaje legal de su contenido sigue siendo meramente enunciativo, reiterativo y no vinculante, y cuando hace referencia a los acuerdos o tratados incluidos en el MARPOL, CITES, Protocolo de Montreal, INDNR, OROPs, etc., etc, (desde el apartado 24.10 al 24.23), asume el mismo lenguaje legal, es reiterativo, meramente enunciativo y redundante sobre los compromisos que cada país ha asumido con dichos tratados de los que sean parte. Por tanto el aporte del capítulo 24 del T-MEC al cumplimiento de las obligaciones de los tratados ambientales asumidos por los países parte, sinceramente es marginal, no es significativo, que lógica de “enforcement” tendría entonces buscar incluir el Acuerdo de París en el T-MEC, si no se cumplen las obligaciones, ni se busca la cooperación  en el tratado de origen.

Al respecto otro comentario  en  los apartados mencionados que se refieren a los “buenos propósitos” de “reconocer la importancia” de los tratados ambientales y la importancia de su cumplimiento, la medida más avanzada para buscar cumplir con los compromisos multilaterales, es referirse a los mecanismos establecidos en el  Artículo 24.25 (Cooperación Ambiental), es decir es una auto referencia a la Comisión de Cooperación Ambiental establecida desde 1994, cuyos resultados a lo largo de 25 años de programas de trabajo, presentan más fracasos que éxitos, sin descalificar estos últimos, se han desarrollado buenos procesos de diagnóstico y registro pero escasos resultados en la solución  de los problemas y compromisos ambientales.

Así es que nuestra sugerencia y firme posición es que en lugar de incorporar un nuevo tratado al artículo 24, se utilicen los mecanismos de cooperación trilateral establecidos en los artículos 24.25 y  24.26 para desarrollar en concreto, actividades, programas, investigaciones, instrumentos y metas para el cumplimiento diferencial  a nivel regional de obligaciones multilaterales sobre cambio climático.

3. Es evidente que a la par de justificada preocupación compartida con nuestras contrapartes civiles de EEUU y Canadá, porque la política comercial sea congruente con la política ambiental frente al Cambio Climático, nadie debe desconocer que existen poderosos intereses corporativos por usar la política ambiental para tratar de modificar los cambios en materia de soberanía energética que el actual gobierno ha puesto en práctica y que son acordes con nuestros compromisos con el Acuerdo París del que somos parte ratificada desde 2016.

Sin calificar a la nueva política energética de México bajo el nombre de Green New Deal, ésta política implica cambios concretos y acordes al principio internacional de que “compartimos intereses y valores, pero también responsabilidades diferenciadas, y esos cambios implica tanto una mayor proporción de la producción energética limpia, sobre todo ampliando la capacidad de las hidroeléctricas y la geotermia, como reducción del monto de emisiones de carbono, conforme a las metas comprometidas”. https://www.gob.mx/sener/articulos/programa-para-el-desarrollo-del-sistema-electrico-nacional Política que incluso dentro de EEUU, la instancia oficial de la EIA recientemente ha reconocido como una vía idónea y fuerte hacia el aumento de las energías limpias. https://iea.li/36685M8

En el caso de México, el actual gobierno cuenta con distintos instrumentos de política climática, como la Ley sobre Cambio Climático y su Plan de Acción Climática,  el sistema de Información sobre Cambio Climático, el Registro Nacional de Emisiones , etc. En este contexto un programa oficial que se lleva a cabo para revertir la deforestación, mejorar las condiciones de vida de las comunidades rurales y los campesinos e incrementar las áreas de bosques y selvas como uno de los principales sumideros de carbono es  “Sembrando Vida”, que ha sido propuesto reiteradamente, como un instrumento de desarrollo y conservación ambiental al gobierno de los EUA, para su apoyo en la implementación regional y hacia Centroamérica, cabe mencionar que la política forestal en EUA y Canadá no ha sido la más avanzada ya que los bosques de estos países continúan en deterioro al igual que en México. Otro tema de interés es la conservación de las funciones de los océanos como el principal sumidero de carbono.

Es de recordarse que “Nuestro país fue el primero de las naciones en desarrollo en presentar ante la ONU sus compromisos de mitigación (iNDC), que representan el esfuerzo que se hará de 2020 a 2030 una vez que entre en vigor el Acuerdo de París”. Comunicado de Prensa Núm. 050/16 | Nueva York, E.U, a 22 de abril de 2016. https://www.gob.mx/semarnat/prensa/mexico-refrenda-ante-naciones-unidas-el-acuerdo-de-paris-29470

En ese sentido: “Con el fin de evitar que la temperatura promedio de la Tierra aumente más de 2°C durante este siglo, nuestro país se comprometió, ante el Acuerdo de París, a reducir el 22% de sus emisiones de gases de efecto invernadero al 2030 y 51% respecto a sus emisiones de carbono negro. La reducción de gases de efecto invernadero, se conseguirá a través del compromiso de los diferentes sectores participantes, de acuerdo con las metas siguientes: transporte 18%; generación eléctrica 31%; residencial y comercial 18%; petróleo y gas 14%; industria 5%; agricultura y ganadería 8% y residuos 28%.” Comunicado del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático 30 de julio de 2018 https://www.gob.mx/inecc/prensa/inecc-reitera-su-compromiso-ante-el-acuerdo-de-paris-con-rutas-de-mitigacion-al-cambio-climatico

Adicionalmente, el actual gobierno mexicano ha hecho esfuerzos para impulsar la producción hidroeléctrica y termoeléctrica, cuya proporción es más alta en el total de producción que muchos otros países, y recientemente anunció el avance de los trabajos para crear 10 parques de producción solar de energía de gran escala, destacando el proyecto en el desierto de Sonora. A este tipo de esfuerzos es a los que se les debiera dar apoyo conjunto según los instrumentos del 24.25. Y que de existir interés de las otras partes integrantes del T-MEC, debería al menos brindar reconocimiento y cooperación financiera para acelerar su realización.

4. Todo lo anterior es congruente con lo que desde hace más de 10 años RMALC y muchas otras organizaciones ciudadanas planteamos, en la Cumbre de Cancún, la necesidad de instrumentar una política de Justicia Ambiental para nuestros pueblos y para el Planeta. Y el contenido de una verdadera justicia ambiental radica inicialmente en reconocer las responsabilidades (metas y plazos) diferenciadas, la cooperación financiera y la transferencia tecnológica en condiciones verdaderamente favorables para los países con menor grado de desarrollo.

Fraternalmente,

Red Mexicana de Acción frente al Libre Comercio (RMALC) 5/07/2021

Contacto: alermalc@gmail.com y https://www.rmalc.org

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